CLÁUSULAS
PRIMERA. Objeto. El "CLIENTE" contrata los servicios de "SUMATRAVEL" a fin de que este último proporcione el servicio de transportación de pasajeros que detalla en la caratula.
SEGUNDA. Seguro. "SUMATRAVEL" se obliga a mantener vigente la póliza de seguro de viajero por cada una de las unidades de transporte que utilice para dar el servicio materia del presente contrato, teniendo una cobertura de hasta 3,160 UMAS por pasajero, misma que cubre daños causados a los pasajeros durante el uso de la unidades de transporte hasta por dicho monto. Todo pasajero sin importar la edad debe ir sentado en un asiento y por ningun motivo se permite llevar personas sentadas en las piernas.
TERCERA. Pago. El "CLIENTE" se compromete a reservar el servicio descrito en el detalle de la carátula del presente contrato con el pago de por lo menos el 50% del total del servicio y el resto liquidarlo a más tardar un día antes del primer trayecto descrito.
El servicio estará sujeto a actualización de precio en los siguientes casos:
• “EL CLIENTE” solicite exceder el kilometraje respecto al servicio descrito en la carátula del presente contrato.
• “EL CLIENTE” solicite exceder el horario de servicio descrito en la carátula del presente contrato.
• En servicios a disposición, cuando los movimientos excedan los 50 kilómetros por día.
Cualquiera de los puntos descritos anteriormente, deberán coordinarse y pagarse con antelación a su ejecución a través del ejecutivo de ventas de “SUMATRAVEL”.
CUARTA. Cancelación de servicio. En caso de cancelación del servicio por parte del cliente este tendra una penalización del 20% del total del servicio si se hace con mas de 24 horas previas al servicio y del 50% del total del servicio si se hace con menos de 24 horas.
QUINTA. Conducta de los Usuarios. El "CLIENTE" se compromete a mantener en buen estado los interiores de las unidades y observar el buen comportamiento a bordo, así mismo, los pasajeros se abstendrán de fumar, ingerir bebidas alcohólicas o consumir enervantes o estupefacientes dentro de las unidades de "SUMATRAVEL".
El "CLIENTE" se obliga a indemnizar a "SUMATRAVEL" de cualquier daño que ocurriera a las unidades por culpa, dolo o negligencia por parte de los pasajeros. El monto del daño será facturado por "SUMATRAVEL" anexando la cotización del proveedor que lleve a cabo la reparación.
SEXTA. Subcontratación. "SUMATRAVEL" se reserva el derecho de la subcontratación en el caso que así se requiera para cubrir un servicio y/o emergencias o imprevistos. En caso de la subcontratación para cubrir algún servicio, "SUMATRAVEL" es responsable y está obligado a cumplir con el servicio estipulado en el presente contrato en igualdad de condiciones.
SÉPTIMA. Derechos y Obligaciones.
"SUMATRAVEL" se obliga a:
Asignar operador un día antes del servicio.
Asignar la unidad contratada en el lugar, fecha y hora estipulados en la cláusula primera.
Asignar unidades en buenas condiciones mecánicas de higiene y seguridad.
Reemplazar por unidades similares a las contratadas en caso de descompostura en un plazo máximo de dos veces el tiempo del recorrido del punto donde haya sucedido la descompostura respecto a la base de "SUMATRAVEL" en Guadalajara.
"SUMATRAVEL" tiene el derecho de:
Suspender el servicio en caso de que esté en riesgo la integridad de los pasajeros y/o de la unidad que brinda el servicio de transporte mencionando de forma enunciativa más no limitativa: Camino en mal estado, brechas angostas, tramos en reparación con alto riesgo, zonas con riesgo de delincuencia, inundaciones o deslaves, bloqueos o accidentes y demás situaciones que estén fuera del control de "SUMATRAVEL".
SUMA tiene como prioridad el deleite al viajar por parte de los usuarios por lo que, se permite el consumo de bebidas alcohólicas siempre y cuando se respete la limpieza e integridad de la unidad en su interior y exterior. En caso de que haya alguna afectación a la unidad viéndose afectada la limpieza se cobrará el equivalente a $500 pesos.
En caso de que un pasajero o grupo de personas irrumpiera el servicio en un lugar intermedio por causas no imputables a "SUMATRAVEL", el "CLIENTE" no tendrá derecho a reembolso alguno.
"SUMATRAVEL" no se hace responsable por objetos olvidados, perdidos o robados dentro de la unidad del servicio de transporte durante ni después del recorrido, tampoco se hace responsable por pérdidas de conexiones de vuelos o por tierra de los pasajeros. La responsabilidad de "SUMATRAVEL" ante cualquier imprevisto no podrá ser superior al valor total del servicio descrito en la primera cláusula.
El "CLIENTE" se obliga a:
No exceder la capacidad de las unidades asignadas para el servicio descrito en la cláusula primera, en caso de hacerlo, "SUMATRAVEL" no se hace responsable de ningún daño ocurrido a los pasajeros durante el servicio.
Que los pasajeros se encuentren en el lugar acordado con un máximo de tolerancia de media hora de retraso respecto a la hora de salida y regreso de los lugares de origen, destino o trayectos intermedios que se visiten asignados en los detalles del servicio de la cláusula primera.
OCTAVA. Excesos de velocidad
Autobús y camión: Periférico - Lázaro - Avenidas principales 60 km/h. Carretera: 80 km/h. Autopista: 95 km/h
Sprinter, Toyota y Automovil: Periférico - Lázaro - avenidas principales 80 km/h. Carretera: 90 km/h y Autopista 110 km/h.
NOVENA. Convienen ambas partes en que en el presente contrato no existe lesión, dolo, error, violencia o coacción alguna. Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, las partes acuerdan someterse a la jurisdicción de los tribunales de la Ciudad de Guadalajara Jalisco, renunciando por lo tanto a cualquier fuero que pudieran tener en razón de sus domicilios actuales o futuros, señalando para recibir cualquier aviso o notificación al respecto, sus domicilios asentados en las Declaraciones de este contrato.